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INEX y Asignación Automática Reglas y Disposiciones para el 01/02/2012
De la estructura y ponderación del INEX
1. Se consideran las siguientes dimensiones, variables y ponderación:

Del cálculo del INEX
2. El Índice de excelencia se genera cada cuatro meses. 3. Se determina una calificación para cada empresa verificadora, en cada uno de los estados en que participa. 4. Las variables consideradas para el cálculo del índice en este periodo son: De Oportunidad a. Respuesta de Asignación De Precisión b. Evaluación del desempeño c. Presencia de personal registrado en obra De Satisfacción d. Encuesta de opinión de la delegación De Consistencia e. Continuidad de la calidad 5. Las evidencias para realizar el cálculo de las variables de la dimensión de OPORTUNIDAD se toman de los registros contenidos en el Sistema RUV, referidos a los tiempos de respuesta de las empresas en los últimos 6 meses. 6. Las evidencias para realizar el cálculo de las variables de la dimensión de PRECISIÓN se toman de los resultados de la última evaluación de desempeño procesada por la Gerencia de Aseguramiento de Calidad. 7. Las evidencias para realizar el cálculo de las variables de la dimensión de SATISFACCIÓN se toman de las respuestas de la encuesta de opinión más reciente. 8. Las evidencias para realizar el cálculo de la variable de la dimensión de CONSISTENCIA, se toman del INEX de los 3 últimos periodos. 9. Los valores de las variables de precisión de las empresas que al inicio del periodo tengan una sanción o restricción serán consideras igual a cero. 10. Los valores de las variables de precisión de las empresas reactivadas y en recuperación serán considerados al 70%. 11. Se consideran empresas en recuperación a aquellas que en algún periodo obtuvieron una calificación menor al índice mínimo aceptable que las excluyó de la asignación y al siguiente periodo obtuvieron una calificación mayor o igual a mínimo aceptable. 12. Se consideran empresas reactivadas a aquellas que después de cumplir con un periodo de sanción o restricción, cubrieron los requerimientos establecidos para quitarles la marca de sanción o restricción. 13. Para calcular el índice de excelencia de empresas con cambio de razón social (autorizado), el valor de las variables de oportunidad se determina tomando las evidencias que se tengan registradas en el sistema con la nueva razón social. Respecto a las variables de precisión y satisfacción, para el caso de que no cuenten con evaluación de desempeño y/o encuestas de opinión, se considera la última evaluación de desempeño procesada por la Gerencia de Aseguramiento de Calidad, así como la más reciente encuesta de opinión registradas con la razón social anterior 14. En los casos de omisiones de registros para calcular el valor de cualquiera de las variables, se ponderará el INEX máximo entre las variables que si cuenten con registros. 15. El valor máximo del índice de excelencia será el que resulte de la sumatoria de los valores ponderados de las variables activas al momento del cálculo. 16. El valor máximo del índice para este periodo es de 0.7300 17. En cada periodo se determina un índice mínimo aceptable para participar de la asignación de trabajo, cuyo valor será el equivalente al 65% del Inex máximo del periodo. 18. El índice de excelencia mínimo aceptable para este periodo es de 0.4745 19. Los resultados del cálculo del índice de excelencia se publicarán en la sección RUV del sitio www.micasa.gob.mx con acceso libre para consulta al público en general. Se mostrará para cada estado de la república, la relación de empresas participantes en el mismo y el índice obtenido.
De la Participación de empresas verificadoras
19. Todas las empresas que participen en la prestación de servicios de verificación, deberán cubrir los requerimientos estipulados en la normatividad correspondiente a los proveedores del Infonavit, así como tener su registro actualizado en el RUV incluidos los datos de su certificación vigente y no encontrarse sancionadas o restringidas. 20. Participarán de la asignación de órdenes de verificación sólo las empresas verificadoras que tengan un INEX mayor o igual al mínimo aceptable y que no estén sujetas a sanción o restricción. 21. Las empresas que hayan realizado, registrado y tengan autorizado un cambio de razón social antes de iniciar un periodo, participarán sólo con la nueva razón social. 22. Las empresas que al iniciar el periodo estén sancionadas o restringidas, quedarán excluidas de asignación todo el periodo, aun cuando durante el mismo cumplan con las condiciones para su reactivación. 23. Las resoluciones de sanción o restricción dictaminadas en el transcurso del periodo, para empresas que participen de la asignación de trabajo, tendrán efecto a partir del siguiente periodo en congruencia con el alcance y/o tipo de la sanción determinada.
De la Asignación Automática
24. Los contadores de trabajo asignado a las empresas en cada estado, se inicializan al comenzar un periodo. 25. El orden de las empresas participantes para la asignación de trabajo se determina con base en el índice de excelencia obtenido, por cada empresa en cada estado. En caso de empate por obtener el mismo índice, aparecen en orden ascendente de acuerdo al número de registro de la empresa. 26. En el momento de cualquier asignación, la empresa debe cumplir con los siguientes criterios de elegibilidad: registro con estatus validado en el RUV, certificación vigente, cobertura y capacidad disponible. 27. Los límites de asignación determinados para cada empresa, corresponden al 60% de los publicados en el LIN_00038. 28. La capacidad disponible de las empresas se determina al restar a su límite de asignación, el total de las viviendas que le han sido asignadas sin considerar las habitables ni las canceladas y que se encuentren dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de cálculo. 29. Las órdenes de verificación se asignan considerando como principio que a mayor INEX mayor cantidad de trabajo. 30. La separación mínima del trabajo asignado entre empresas con diferente INEX es de una vivienda. 31. Para empresas que tengan el mismo INEX, se utilizan los siguientes criterios de desempate: a. El primer criterio es la cantidad de trabajo asignado.- Se asigna a la que tenga menos. b. El segundo es el orden en que se enlistan en la consulta de INEX mismo que corresponde con su registro de empresa. 32. Cuando por el número de viviendas de una orden de verificación ninguna empresa tenga la capacidad disponible de verificarlas, se le asignará a la que cuente con mayor INEX. En su caso, se aplicarán los criterios de desempate. 33. Quedan excluidas de la asignación automática las órdenes de verificación de oferentes con incentivo ISA. 34. Las viviendas asignadas por incentivo ISA también se contabilizan como trabajo asignado en el periodo para la empresa verificadora elegida.
Área responsable de su actualización: Gerencia de Aseguramiento de Calidad. Fecha de última actualización: 1° de febrero del 2012
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