Si estoy incapacitado o llegara a
fallecer, qué pasa con mi crédito |
Seguro por fallecimiento |
- Tú cuentas con un seguro por si llegaras a faltar. Si éste fuera el caso, tus beneficiarios podrán solicitar la liberación de tu adeudo y tramitar la cancelación de la hipoteca.
- No importa cuántos años tengas o tu condición de salud, es muy importante que hagas un testamento para designar a tus beneficiarios, es decir, a las personas que quieras dejarles tu vivienda en caso de fallecer.
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Llama a Infonatel para que registren tu caso y ten a la mano los siguientes documentos:
- Original y copia del acta de defunción del acreditado.
- Original y copia del acta de nacimiento del solicitante.
- Original y copia de identificación oficial del acreditado.
- Original y copia de identificación oficial del solicitante.
- Acta de defunción apostillada (en caso de que el acreditado haya fallecido en el extranjero).
- Carta de crédito conyugal, en caso de existir.
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El gerente de Cobranza de la delegación a la que acudiste te dará ciertas indicaciones para que se haga efectivo el seguro. |
Responsable de la información:
Gerencia de Recuperación Especializada y Gerencia de Cobranza Administrativa
Fecha de última actualización o revisión: 27 de abril de 2017